miércoles, 4 de agosto de 2010

AEMP da un plazo de 10 días a aerolíneas por contratos de exclusividad

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Boletín Nº 70 Martes 3 de agosto de 2010

AEMP da un plazo de 10 días a aerolíneas por contratos de exclusividad

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NOTICIAS PRODUCTIVAS. La Paz, martes 3 de agosto de 2010.- La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP) dio un plazo de 10 días a las aerolíneas TACA, American Airlines, LAN Chile, Aerocom y Amaszonas para entregar la documentación que permita determinar la existencia de contratos de exclusividad con agencias de viaje en Bolivia, acción prohibida por ley para evitar los monopolios y oligopolios.

De acuerdo con Óscar Cámara, director de la AEMP, esta entidad ha recibido información que delatan a las líneas aéreas mencionadas. “Tenemos acceso a alguna documentación que estas líneas aéreas están con algunos contratos de exclusividad; y cualquier actividad comercial económica que se realiza en nuestro Estado tiene que estar sujeta a la normativa y a la Constitución. En nuestro país no están permitidos los contratos de exclusividad y menos imponer condiciones que alteren el mercado democrático nacional” enfatizó.

De acuerdo con la autoridad, la documentación permitirá exhibir y transparentar sus contratos ante la Autoridad de Empresas. Las sanciones que se aplicarán a las aerolíneas varían de cinco mil a 400 mil bolivianos. “Hemos ampliado la tarea de fiscalización a estas cinco líneas aéreas que prestan servicios a nivel interno y externo porque tienen contratos de exclusividad en una directa relación con el servicio que prestan”, añadió.

La resolución administrativa 001/2010 del 2 de julio que emitió la AEMP, prohíbe la existencia de los monopolios y oligopolios en el mercado boliviano. La normativa señala que “ninguna empresa que opere en Bolivia podrá imponer condiciones u obligar a otros agentes económicos a comercializar de manera exclusiva sus productos o marcas, subordinando la celebración de contratos a la aceptación de prestaciones suplementarias que no tengan relación con el objeto de tales contratos”.

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